viernes, 27 de noviembre de 2009

Denuncia de Juristas Internacionales: España y Marruecos vulneran la legalidad internacional y atentan contra los derechos humanos de AMINATTOU HAIDAR


MANIFIESTO DE DENUNCIA DE LOS JURISTAS INTERNACIONALES ANTE LA VULNERACION DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LA DEFENSORA PRO DERECHOS HUMANOS SAHARUI AMINATTOU HAIDAR

España y Marruecos vulneran la legalidad internacional y atentan contra los derechos humanos de AMINATTOU HAIDAR



Los Juristas Internacionales Defensores de los Defensores y las Defensoras de Derechos Humanos, manifestamos nuestra repulsa ante la actuación de los gobiernos de España y Marruecos en relación con la defensora pro derechos humanos saharaui AMINATTOU HAIDAR, reconocida internacionalmente, y galardonada, ente otros, con el Premio de Derechos Humanos Robert F. Kennedy 2008 (Washintong) Silver Rose Award 2007 (Austria), Premio Derechos Humanos Juan María Bandres (CEAR –España 2006), Premio al Coraje Civil 2009 de la Fundación Train (Nueva York ) , y expresamos

 El 13 de noviembre AMINATTOU HAIDAR, fue detenida arbitrariamente por las fuerzas policiales y de seguridad marroquíes en el aeropuerto de El Aaiún, Territorio No Autónomo del Sáhara Occidental, cuando regresaba a su ciudad, a su casa, en vuelo procedente de Gran Canaria, tras recibir en Nueva York el Premio al Coraje Civil 2009 de la Fundación Train, estando acompañada en su retorno por dos periodistas españoles. A su llegada al aeropuerto la policía marroquí le quitó su documentación, no volviéndosela a entregar en ningún momento, comunicándole posteriormente que la misma estaba depositada en el Tribunal de El Aaiún.

 La detención se prolongó por 24 horas, durante las cuales AMINATTOU HAIDAR fue torturada psicológicamente, y sometida a un exhaustivo y duro interrogatorio, sin asistencia letrada y con intervención del Procurador del Rey (Fiscal) y las fuerzas policiales. Posteriormente fue expulsada de El Aaiún, Territorio No Autónomo del Sáhara Occidental, sin resolución judicial ni administrativa alguna, y se la obligó contra su voluntad, por las fuerzas policiales a subir a un avión español de las aerolíneas “Canarias Aeronáutica” (vuelo CAU 117) que aterrizó en Lanzarote. El comandante de la aeronave, al ser informado por la propia AMINATOU HAIDAR de que carecía de pasaporte porque se lo había confiscado la policía y de su expresa voluntad no querer ir a España sino permanecer en El Aaiún con su familia, se negó inicialmente a trasladarla, aunque tras comunicarle la policía marroquí que el Ministerio de Exteriores español estaba informado y conforme con ello, recibió una última llamada telefónica y accedió a transportarla por la fuerza y contra su voluntad.

 AMINATTOU HAIDAR llegó a Lanzarote contra su voluntad, sin resolución que argumentase su expulsión del Territorio No Autónomo del Sáhara Occidental, sin la documentación preceptiva para entrar en España, y fue obligada por las autoridades españolas a acceder a territorio español, imponiéndoles que bajase del avión, y desde entonces, de facto, se le impiden regresar a su tierra, a su casa, con su familia.

 AMINATOU HAIDAR ha sido obligada por las autoridades españolas, contra su expresa y manifestada voluntad a permanecer en territorio español, separada de su familia, de sus hijos, de su casa, sin domicilio, y permanece en las dependencias del aeropuerto de Lanzarote, donde lleva a cabo una huelga de hambre, con la exigencia de regresar a su casa en la ciudad e El Aaiún, Territorio No Autónomo del Sáhara Occidental, hecho que le es impedido de facto por el Gobierno español, por medio de la Policía Nacional del puesto fronterizo del Aeropuerto de Lanzarote, sin que exista ninguna causa legal que pudiera legalmente impedirle la salida de España de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 del Reglamento de la Ley de Extranjería

 Esta situación implica una nueva violación de los Derechos Humanos contra esta defensora pro derechos humanos, por parte de Marruecos, derechos reconocidos en Convenios Internacionales suscritos por el Reino de Marruecos, como son el derecho a la libertad y la prohibición de detenciones o destierros arbitrarios, contenidos en los artículos 3 y 9 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, el derecho a la libre circulación dentro de un estado y la libre elección de residencia, a salir de su país y regresar al mismo, -art. 13 del mismo texto-, el derecho a fundar una familia y disfrutar de ella –art. 16 del citado-, el derecho a la libertad de pensamiento y de conciencia y a la libertad de opinión y expresión –arts. 18 y 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos-.

 Las autoridades españolas están contraviniendo y vulnerando la normativa interna del estado español, la Constitución española y la normativa en materia de extranjería, al impedir la libre circulación de AMINATTOU HAIDAR imponiéndoles entrar en España, e impidiéndoles regresar a su casa con su familia. Los arts. 19 y 13.1 Constitución Española que garantiza la libertad de toda persona española o extranjera a entrar y salir libremente de España en los términos establecidos por la ley, sin que dicho derecho pueda ser limitado por ninguna razón ideológica y/o política. Igualmente concurren los tipos penales recogido en el Código Penal español, Titulo VI, referidos a los “Delitos contra la Libertad”.

 Del mismo modo la actuación de España está vulnerando su legislación especifica en materia de extranjería prohibiendo de facto la salida de AMINATTOU HAIDAR del territorio español, habida cuenta que no existe causa alguna de las previstas legalmente para fundamentar tal prohibición (art. 28 Ley Extranjería) , y la carencia de pasaporte no es un elemento que justifique tal acción prohibitiva de las autoridades españolas porque además de no haber sido un obstáculo para ordenar su entrada en España, y en aplicación de lo preceptuado en el art. 19.3 del Reglamento de la Ley de Extranjería, las autoridades de extranjería ante la carencia de documentación –pasaporte o título de viaje- deben permitir su salida mediante la cumplimentación del impreso previsto al efecto en los servicios policiales de control para dejar constancia de la salida del país.

 España y Marruecos están vulnerando el art. 12 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ratificado por ambos países, que reconocen expresamente el derecho de toda persona a salir libremente de cualquier país, (12.2) el derecho de toda persona entrar en su propio país (12.4), determinando que estos derechos no pueden ser objeto de restricciones arbitrarias.

 Por ello, consideramos que la violación de los derechos humanos contra esta ciudadana saharaui por parte del gobierno de Maruecos se ve amparada por la actuación del gobierno de España, sin cuya colaboración no habría sido posible la actual situación, por lo que el gobierno español se constituye en cooperador necesario de las citadas vulneraciones de derechos contra AMINATTOU HAIDAR .


Los Juristas Internacionales Defensores de los Defensores de Derechos Humanos, denunciamos y condenamos la actuación de los gobiernos de Marruecos y de España por ser contrarias a la legalidad internacional, al propio derecho interno español, y exigimos al Gobierno de España que se autorice la inmediata salida de España de AMINATTOU HAIDAR y el regreso a su casa en El Aaiún, Territorio No Autónomo del Sáhara Occidental, para reunirse con sus hijos, permitiéndole el ejercicio y disfrute de sus derechos, de la libre circulación, y que se hagan efectivo por España el respeto a la legalidad y al estado de Derecho.

Aeropuerto de Lanzarote a 27 de noviembre de 2009.

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