domingo, 19 de abril de 2015

El canal Ghana TV3 dedica un programa a la cuestión del Sahara Occidental

*Fuente: EMBAJADA DE LA RASD EN GHANA; Accra a 18 de Abril de 2015.
El canal 3 de televisión de Ghana TV3, dedico su programa “Hot Issues” (Asuntos candentes) de esta semana  a la cuestión del Sahara Occidental.
El programa, de 55 minutos, difundido hoy sábado 18 de Abril de 2015, recibió como invitado al Embajador de la RASD en Ghana Sr. Mahayub Sidina quien respondió a las preguntas del periodista y comunicador Sr. Kuesi Pratt.
Durante la entrevista, el embajador Mahayub Sidina ha repasado las diferentes etapas de la lucha del pueblo saharaui  desde el inicio de la colonización española hasta nuestros días. Tras recordar que la cuestión del Sahara Occidental está inscrita, desde 1963, en la agenda de descolonización de la ONU y resaltar la importancia del dictamen de la Corte de Justicia de la Haya de 1975, hizo especial hincapié en el carácter ilegal y  colonial  de la ocupación marroquí.
El embajador ha aprovechado la oportunidad para hablar del proceso de paz encabezado por la ONU y subrayar que “desde el inicio del cese el fuego no se ha registrado ningún avance significativo debido a la intransigencia y el chantaje de Marruecos a la comunidad internacional”.
Al referirse a las atrocidades cometidas por el colonialismo marroquí contra la población saharaui indefensa en las zonas ocupadas, el embajador ha insistido sobre la imperante necesidad de dotar a la MINURSO de un mecanismo de vigilancia y control de los derechos humanos al igual que las demás misiones de paz en el mundo.
El saqueo de los recursos naturales del territorio por el ocupante marroquí y su invitación a terceros para participar en el expolio ilegal,  fue también uno de los capítulos abordados durante la entrevista. A este respecto, el embajador Mahayub Sidina, ha recordado el dictamen emitido en el 2002 por el Ex- Subsecretario General de la ONU para Asuntos Jurídicos Sr. Hans Corell que no hace más que confirmar la regla de que “las riquezas naturales de un territorio no autónomo pertenecen a su pueblo y nadie tiene el derecho de explotarlas sin su consentimiento”.

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